CONTEXTO
La Ley 1257 de 2008 dicta las bases para la sensibilización, prevención y sanción de formas de violencia y discriminación contra la mujeres, reformando el código penal vigente y garantizando para todas las mujeres una vida libre de violencia, tanto en el ámbito público como en el privado, en el ejercicio de los derechos reconocidos en el ordenamiento jurídico interno e internacional, así como el acceso a los procedimientos administrativos y judiciales para su protección, atención y adopción de políticas públicas necesarias para su realización.
Con el Decreto 164 de 2010 se crea la "Mesa Interinstitucional para erradicar la Violencia contra las Mujeres" cuyo propósito es aunar esfuerzos para la articulación, coordinación y cooperación entre las entidades a fin de lograr la atención integral, diferenciada, accesible y de calidad a las mujeres víctimas de la violencia, para lo cual determinará las pautas de su funcionamiento en cabeza de la Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer (CPEM). Del mismo modo el Decreto 4796 de 2011 aporta la definición de acciones necesarias para detectar, prevenir y atender integralmente a través de los servicios que garantiza el Sistema General de Seguridad Social en Salud a las mujeres víctimas de violencia e implementa mecanismos para hacer efectivo el derecho a la salud, a través del Ministerio de Salud y Protección Social, estableciendo igualmente con el artículo 4º. que "Las entidades responsables de reportar información referente a la violencia de género en el marco de dicha ley, deberán remitirla al Sistema Integral de Información de la Protección Social (SISPRO) del Ministerio de Salud y Protección Social, de acuerdo con la reglamentación que este expida".
Posteriormente, con la Ley 1719 de 2014 se adoptan medidas para garantizar el acceso a la justicia de las víctimas de violencia sexual, en especial la violencia sexual con ocasión del conflicto armado incursionando por primera vez de manera prioritaria a mujeres, niñas, niños y adolescentes víctimas dentro del conflicto armado y fortalece el Sistema Unificado de información sobre la violencia sexual en coordinación con el Departamento Administrativo Nacional de Estadística, la Alta Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer y el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, los cuales asesoran la incorporación al Sistema de Registro Unificado de Casos de Violencia contra la Mujer, teniendo en cuenta las normas y dimensiones de la violencia sexual de que trata la ley, monitoreando los factores de riesgo e incorporando elementos de análisis para evaluar las medidas adoptadas en materia de prevención, atención y protección.
Así mismo, en el marco de la Ley 1761 de 2015 se tipifica el feminicidio como un delito autónomo para garantizar la investigación y sanción de las violencias contra las mujeres por motivos de género y discriminación, así como prevenir y erradicar dichas violencias para lo cual involucra al Ministerio de Justicia y del Derecho a través del artículo 12º. Con el propósito de crear con las entidades vinculadas anteriormente un Sistema Nacional de Recopilación de Datos sobre los hechos relacionados con la violencia de género en el país, para establecer los tipos, ámbitos, modalidades, frecuencia, medios utilizados para ejecutar la violencia, niveles de impacto personal, social y el estado del proceso judicial para la definición de políticas públicas de prevención, protección, atención y reparación de las víctimas de la violencia de género.
Dado lo anterior, se crea el Sistema Integrado de Información sobre Violencia de Genero (SIVIGE) con la colaboración y articulación del Ministerio de Salud y Protección Social, el DANE, la Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer, el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses y el Ministerio de Justicia y del Derecho, generando en el 2016 el marco normativo, conceptual y operativo del SIVIGE, atendiendo igualmente los compromisos de los artículos de 129 y 160 del Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 (Ley 1753 de 2015) con el fin de fortalecer para el 2017-2018 las operaciones estadísticas en concordancia con el sistema estadístico nacional-SEN, así como evaluar las violencias de genero por medio de indicadores y construcción de línea base de las inequidades relacionadas con la violencia de genero.